Pero ya que hay que cumplir esa legalidad, porque no hacerlo con economia de escala fusionando municipios y evitando todas estas funciones de solo legalidad en mas de 8000 municipios
Mi propuesta ya la conoceis: fusionar municipios a un tamaño mínimo de las de 20.000 habitantes para evitar toda esta burocracia hueca
1. Gestionar el expediente administrativo del
Inventario Municipal de Bienes y Derechos.
2. Gestión del padrón municipal de habitantes: altas,
bajas y comunicaciones.
3. Confeccionar el expediente administrativo para aprobar
los presupuestos anuales, así como la cuenta general, juntamente con la emisión
de informes fruto del ejercicio de funciones reservadas.
4. Confeccionar el expediente administrativo de
liquidación del presupuesto, juntamente con la emisión de informes fruto del
ejercicio de las funciones reservadas.
5. Enviar el Presupuesto General, así como la
liquidación del presupuesto a la CCAA, así como a la AGE.
6. Preparar el expediente administrativo de
convocatoria de sesiones de órganos colegiados (pleno, comisiones informativas,
junta de gobierno local), así como cursar notificaciones, redactar acta de la
sesión, y remisión de los actos y Acuerdos a la CCAA y a la AGE, así como
coordinar publicación de los acuerdos en el portal de transparencia.
7. Preparar la documentación para presentar solicitud
a convocatoria de subvenciones de Administraciones Públicas.
8. Gestionar la contratación de la subvención
concedida, especialmente lo atinente a la justificación de la misma.
9. Dar de alta en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
todas las subvenciones que convoca la Corporación con carácter preceptivo para
su tramitación.
10. Cumplir con la documentación exigida en los
convenios administrativos para la prestación de los servicios sociales con la
CCAA.
11. Cumplir con la documentación exigida en el convenio
administrativo para el mantenimiento del puesto de secretaria-Intervención.
12. Gestión, seguimiento e impulso de los expedientes
de contratación pública, con remisión de la información al perfil del
contratante sito en la plataforma de la Administración General del Estado.
13. Actualización de la información que respecto de la
contratación administrativa ha de ser remitida a otras AAPP, y singularmente
coordinar la publicación relativa a los contratos menores con base a la
normativa vigente en materia de transparencia.
14. “Asunción” tácita de las funciones inherentes
al DPD en los pequeños municipios, así como lo concerniente a la Protección de
datos personales.
15. Asunción de las funciones de secretaria,
Intervención e inclusive Tesorería en los municipios que carecen de medios
personales.
16. Coordinación del registro general electrónico de la
Corporación.
17. Coordinar con carácter general las garantías en
materia de transparencia e información pública.
18. Mantener
los padrones cobratorios de los impuestos: IBI, vehículos aunque la gestión de
los cobros la tengan delegada.
19. Mantener
los padrones de tasas de agua, limpieza y saneamiento aunque la gestión de
cobros la tengan delegada
20. Justificar
la subvención con la documentación de la contratación ejecutada
21. Pagarse
la nómina del secretario
22. Cumplir
con la documentación exigida en los convenios para la prestación de los
servicios sociales con la CCAA
23. Cumplir
con la documentación exigida en el convenio para el mantenimiento del puesto de
secretario
24. Organizar
las contrataciones o dar subvención a alguna asociación para organizar las
fiestas del municipio
25. Gestionar
el abastecimiento de agua e incluso el saneamiento: bien directamente, en
muchos casos el alcalde o un concejal vigilando el cloro, o con empresa.
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